Deducción fiscal por instalación de placas solares en el IRPF
No es una deducción "por poner placas": es una deducción por mejora de la eficiencia energética de la vivienda, y el porcentaje que te corresponde depende de cuánto reduces el consumo, no del gasto en sí.
La deducción por obras de mejora de la eficiencia energética se recoge en la normativa estatal del IRPF y ha ido prorrogándose sucesivamente, la última vez mediante el Real Decreto-ley 16/2025, que la mantiene vigente hasta el 31 de diciembre de 2026 para vivienda individual, y hasta el 31 de diciembre de 2027 para actuaciones en edificios residenciales completos. Instalar placas solares puede encajar en dos de sus tres tramos, según el resultado que se acredite.
Los tres tramos de deducción
| Tramo | Requisito | Certificado necesario | Base máxima anual |
|---|---|---|---|
| 20% | Reducir al menos un 7% la demanda de calefacción y refrigeración | Certificado de Eficiencia Energética (CEE) antes y después | 5.000 € |
| 40% | Reducir al menos un 30% el consumo de energía primaria no renovable, o mejorar la calificación a letra A o B | Certificado de Eficiencia Energética (CEE) antes y después | 7.500 € |
| 60% | Obras de rehabilitación energética en edificios de uso residencial completos | Certificado de Eficiencia Energética (CEE) antes y después | 5.000 € / año, hasta 15.000 € en varios ejercicios |
Cifras de referencia según la normativa vigente en 2026. Verifica siempre las condiciones exactas en la Agencia Tributaria antes de presentar la declaración.
Una instalación de autoconsumo solar residencial, por sí sola, suele encajar en el tramo del 20% (reducción de demanda de calefacción/refrigeración) o, si se acredita una reducción mayor del consumo de energía no renovable, en el tramo del 40%. El tramo del 60% está pensado para rehabilitaciones energéticas integrales de todo un edificio, no para una instalación fotovoltaica aislada en una vivienda unifamiliar.
Qué necesitas para poder aplicarla
- Certificado de Eficiencia Energética (CEE) antes de la obra, emitido por un técnico competente.
- Certificado de Eficiencia Energética (CEE) después de la obra, que acredite la mejora conseguida.
- Que las obras se hayan realizado dentro del plazo vigente (hasta el 31 de diciembre de 2026 para vivienda individual).
- Que la vivienda sea tu vivienda habitual o una vivienda de tu titularidad (incluida una vivienda alquilada o destinada a alquiler, según los criterios de la Agencia Tributaria). Quedan fuera los inmuebles afectos a actividades económicas y elementos como plazas de garaje o trasteros adquiridos de forma independiente.
Si recibiste alguna subvención (autonómica o municipal) para la instalación, su importe se resta de la base sobre la que se calcula la deducción. Aun así, combinar subvención y deducción del IRPF suele cubrir una parte muy significativa de la inversión inicial.
Cómo se aplica en la declaración
La deducción se introduce en Renta WEB, dentro del apartado "Deducciones por obras de mejora de la eficiencia energética de viviendas", indicando el tramo correspondiente y la base de deducción, con la documentación acreditativa (certificados y facturas) disponible por si la Agencia Tributaria la solicita.
Preguntas frecuentes
¿Necesito el certificado energético si ya tenía uno de antes de comprar la vivienda?
No sirve cualquier certificado antiguo: tiene que ser uno emitido específicamente antes del inicio de las obras de mejora, para poder comparar con el certificado posterior y acreditar la reducción exigida.
¿Puedo aplicar la deducción si vivo de alquiler pero soy propietario de otra vivienda?
Sí, la deducción puede aplicarse sobre cualquier vivienda de tu titularidad, no solo tu vivienda habitual, siempre que cumpla el resto de requisitos.